Convocadas pruebas selectivas para establecer dos listas, una para la formación y otra para la contratación temporal, para el puesto de veterinario

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Convocadas pruebas selectivas para establecer dos listas, una para la formación y otra para la contratación temporal, para el puesto de veterinario

El plazo de presentación de solicitudes para esta convocatoria concluye el martes 2 de mayo

El Ayuntamiento de Pamplona convoca pruebas selectivas para la constitución de dos listas para el desempeño del puesto de trabajo de veterinario, una para la formación y otras para la contratación temporal, en orden a la cobertura de las necesidades que se produzcan en la administración municipal. El plazo de presentación de solicitudes concluye el martes 2 de mayo. Las bases de la convocatoria se pueden consultar en www.pamplona.es.

Podrán acceder a la lista para la formación quienes tengan la condición de empleado fijo al servicio del Ayuntamiento de Pamplona y/o sus organismos autónomos; estén encuadrados en los niveles B, C o D y no hayan agotado el periodo máximo de formación a que tienen derecho. Asimismo, deben haber completado un mínimo de tres años de servicios efectivamente prestados en su puesto de trabajo, no deben hallarse en situación de excedencia forzosa o voluntario y deben hallarse en posesión del título de Licenciado o Graduado en Veterinaria o equivalente.

A la relación de personas aspirantes a la contratación temporal como veterinario podrán optar quienes tengan el título de Licenciado o Graduado en Veterinaria o equivalente, tengan cumplidos 16 y no excedan de la edad máxima de jubilación forzosa y sean españoles, nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea o nacionales de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la UE y ratificados por España. También esas personas deberán poseer la capacidad física y psíquica necesarias para el ejercicio de las correspondientes funciones, no hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones pública y no haber sido separado del servicio de una administración pública. En la convocatoria se valorará como mérito el conocimiento del euskera.

Las solicitudes se pueden presentar en cualquiera de los registros del Ayuntamiento de Pamplona o por cualquiera de los medios previstos en la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Las instancias se pueden obtener en las Oficinas de Atención Ciudadana del Ayuntamiento y a través de la web www.pamplona.es.

Dos pruebas para confeccionar las listas

La primera prueba, de carácter teórico, consistirá en un cuestionario de presunto tipo test con cuatro alternativas de respuesta, de las que solo una será válida, sobre la materia incluida en el anexo II de la convocatoria. Esta parte se valorará con una puntuación máxima de 25 puntos. Las respuestas incorrectas conllevarán penalización. Superarán la prueba aquellas personas que obtengan, al menos, el 50% de la puntuación máxima establecida (12,50 puntos). Serán convocadas a la segunda prueba las 15 personas que, habiendo aprobado el ejercicio, hayan obtenido las calificaciones más elevadas.

La segunda prueba será teórico-práctica y tratará de la resolución de un caso práctico con cinco preguntas relativo a materias contenidas en el temario. La puntuación máxima de la prueba será de 65 puntos. El criterio de valoración se detallará antes del inicio de la misma. Superarán la prueba aquellas personas que obtengan en el conjunto de la prueba práctica, al menos, el 50% de la puntuación máxima establecida (32,50 puntos).

La convocatoria para cada una de las pruebas se realizará mediante llamamiento único al que las personas aspirantes deberán comparecer provistas del Documento Nacional de Identidad, NIE o pasaporte. Tras la realización de cada prueba se publicarán en la web municipal, www.pamplona.es, y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento los resultados en las mismas por cada una de las personas aspirantes.

 

Temario. Anexo II

  • Seguridad Alimentaria en el ámbito de la Unión Europea. Normas de higiene relativas a los productos alimenticios. Reglamento (CE) 852/2004.
  • Inspección: legislación aplicable. Competencias de los inspectores de Salud Pública. Inspección y control de alimentos. Actas de inspección, infracciones. Toma de muestras, transporte y análisis.
  • Análisis de peligros y puntos de control crítico. Concepto, fundamentos y normativa aplicable. Autocontroles en la industria alimentaria. Control por la Administración.
  • Ordenanza de Higiene Alimentaria de Pamplona.
  • Comercio minorista de alimentación. Comercio no sedentario. Inspección y control. Autocontrol.
  • Información alimentaria facilitada al consumidor. Norma general relativa a la información alimentaria de los alimentos que se presenten sin envasar para la venta al consumidor final y a las colectividades, de los envasados en los lugares de venta a petición del comprador, y de los envasados por los titulares del comercio al por menor.
  • Condiciones sanitarias de producción, almacenamiento y comercialización de carnes frescas y sus derivados en los establecimientos de comercio al por menor. Legislación. Inspección. Autocontrol.
  • Condiciones sanitarias de producción y comercialización de los productos pesqueros y de la acuicultura. Legislación. Etiquetado. Inspección. Autocontrol.
  • Normas de higiene para la elaboración, distribución y comercio de comidas preparadas. Autocontrol.
  • Legislación general aplicable por el Ayuntamiento de Pamplona en materia de animales. Ordenanza Municipal de Sanidad de Pamplona número 13. Infracciones y sanciones.